El Gobierno del Estado de Michoacán, a través de la Secretaría de Cultura de Michoacán, en coordinación con la Dirección de Promoción y Fomento Cultural y su Departamento de Música con fundamento en los artículos 32 en sus fracciones IV,VI, X, XI, XXIV y XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 15, 17 y 19 del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, en correlación con los numerales 1.1 y 1.1.3 del Manual de Organización de la Secretaría de Cultura, además de los artículos 5, 11, 14, y 15 de la Ley de Desarrollo Cultural para el Estado de Michoacán de Ocampo, con el objeto de formar una agrupación coral de alto nivel musical y artístico que represente a nuestro Estado de Michoacán en diferentes foros locales y nacionales
A todas las personas interesadas a formar parte del CORO DE LA SECRETARÍA DE CULTURA DEL ESTADO DE MICHOACÁN.
BASES:
PRIMERA. OBJETIVOS.
SEGUNDA. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Podrán participar cantantes con tesituras de soprano, contralto, tenor y bajo, así como un músico pianista; mismos que deberán cumplir con los siguientes requisitos:
TERCERA. INSCRIPCIONES.
La inscripción queda abierta a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta las 23:59 horas del día 2 de febrero del año 2024.
Los aspirantes deberán llenar un formulario en línea para capturar sus datos, mismo que se encuentra disponible en el siguiente link:
CUARTA. DE LA DOCUMENTACIÓN.
En caso de ser aceptado (a) deberá presentar la siguiente documentación:
Fecha límite de entrega de documentos: lunes 12 de febrero del 2024 en las oficinas ubicadas en Boulevard García de León, número 753, tercer piso, colonia Chapultepec Sur, Morelia, Michoacán.
No se aceptan documentos que no estén respaldados por páginas de internet oficiales. Toda la documentación debe presentar en formato legible y de buena calidad.
QUINTA. DEL JURADO.
El jurado estará conformado por tres reconocidos especialistas en el área, cuya identidad será publicada el día de la selección.
La decisión del jurado será inapelable.
SEXTA. PROCESO DE SELECCIÓN.
El proceso de selección se verificará el día 6 de febrero de 2024 a las 17:00 horas, en el Auditorio Luis Sahagun Cortés de la Casa de la Cultura de Morelia, ubicada en Avenida Morelos Norte, número 485, Colonia Centro, Morelia, Michoacán; audición que consistirá en una prueba de canto por parte de un jurado calificador conformado por profesionales de la materia quienes realizarán su dictaminación correspondiente, en la que se evaluará conforme a los siguientes criterios:
Los interesados deberán de presentarse el día y hora mencionado, los cuales deben contar con todos los documentos solicitados en la presente convocatoria.
El jurado calificador emitirá su resultado que con base en los criterios antes mencionados, para lo cual seleccionará de entre los participantes a un titular y a un suplente, conforme a la siguiente disponibilidad de selección:
Tesituras | Titular | Suplente |
Soprano | 1 | 1 |
Contralto | 1 | 1 |
Tenor | 2 | 2 |
Bajo | 3 | 3 |
Músico | Titular | Suplente |
Pianista | 1 | 1 |
SÉPTIMA. ESTÍMULO ECONÓMICO.
La Secretaría de Cultura del Estado de Michoacán otorgará un apoyo económico a los participantes seleccionados como titulares para formar parte del Coro de la Secretaría de Cultura.
La cantidad que se le otorgará como estímulo económico anual a cada uno de los seleccionados como titulares, será por la cantidad de $12,000.00 (doce mil pesos 00/100 M.N.), para los cantantes titulares en cualquiera de sus tesituras, y de $24,000.00 (veinticuatro mil pesos 00/100 M.N.), para el músico pianista titular, cantidad que será pagadera en el periodo comprendido a partir del día 12 de febrero al día 20 diciembre del año 2024.
OCTAVA. ENTREGA DE RESULTADOS.
Los resultados serán enviados a los participantes registrados vía correo electrónico, el día 9 de febrero del 2024, por el Departamento de Música de la Dirección de Promoción y Fomento Cultural de la Secretaría de Cultura.
El resultado dictaminado por el jurado es inapelable, por lo que los participantes al momento de inscribirse aceptan someterse de manera irrefutable a la resolución que tome el cuerpo colegiado del jurado calificador, deslindando de cualquier responsabilidad civil, laboral, penal, administrativa o de cualquier otra índole al Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo y a la Secretaría de Cultura del Estado de Michoacán.
NOVENA. DISPOSICIONES GENERALES.