Apoyo a la Infraestructura Cultural de los Estados PAICE 2022

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La Secretaría de Cultura, a través de la Dirección General de Vinculación Cultural, con
el objetivo de fortalecer la infraestructura para disminuir la desigualdad existente en el
desarrollo cultural; y con base en las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la
Cultura para el ejercicio fiscal 2022
convoca a:
Gobiernos estatales, municipales y alcaldías de la Ciudad de México, universidades
públicas estatales, así como a todas aquellas organizaciones de la sociedad civil que
cuenten entre sus objetos constitutivos la promoción y fomento de las artes y la cultura.
A presentar proyectos culturales en la vertiente de Apoyo a la Infraestructura Cultural de
los Estados (PAICE), en las siguientes:

I. MODALIDADES

  1. Vida a la infraestructura cultural
    Apoyo para financiar proyectos culturales de rehabilitación y/o equipamiento de
    inmuebles dedicados al quehacer cultural que estén desaprovechados y en desuso.
  2. Fortalecimiento a la infraestructura cultural
    Apoyo para financiar proyectos culturales de construcción y equipamiento de inmuebles
    dedicados al quehacer cultural, en áreas geográficas que se encuentran en desventaja
    económica o que no cuentan con infraestructura cultural suficiente.
    Los proyectos culturales solo podrán solicitar el apoyo de una de las modalidades del
    PAICE.
    II. MONTOS DE FINANCIAMIENTO FEDERAL
  3. Vida a la infraestructura cultural
    Los gobiernos estatales, municipales y alcaldías de la Ciudad de México, universidades
    públicas estatales y organizaciones de la sociedad civil podrán solicitar hasta $1,200,000.00
    (un millón doscientos mil pesos 00/100 M.N.) para rehabilitación y/o equipamiento.
  4. Fortalecimiento a la infraestructura cultural
    Los gobiernos estatales, municipales y alcaldías de la Ciudad de México, universidades
    públicas estatales, y organizaciones de la sociedad civil podrán solicitar hasta $5,000,000.00
    (cinco millones de pesos 00/100 M.N.) para construcción y equipamiento.
    En esta modalidad, solo se podrá solicitar financiamiento para la acción de equipamiento
    si el proyecto incluye la acción de construcción.
    III. APORTACIÓN INSTANCIA POSTULANTE
    • Los gobiernos estatales, municipales y de alcaldías de la Ciudad de México, así como
    universidades públicas estatales deberán comprometerse a aportar, al menos, el
    mismo monto solicitado al PAICE, es decir, el 50% del costo total del proyecto cultural.
    • Las organizaciones de la sociedad civil deberán comprometer la aportación de al
    menos el 25% del costo total del proyecto cultural.
    • Las instancias que postulen proyectos culturales en inmuebles o recintos que
    se ubiquen en alguno de los municipios de atención prioritaria publicados, en el
    listado anexo a esta convocatoria, no estarán obligadas a comprometer aportación
    financiera.
    IV. REQUISITOS
    Entregar o enviar a la Coordinación del PAICE, de la Dirección General de Vinculación
    Cultural, ubicada en avenida Paseo de la Reforma 175, sexto piso, colonia Cuauhtémoc,
    alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, un expediente impreso y una USB
    con la versión digital, o bien, al correo electrónico convocatoriapaice@cultura.gob.mx,
    que contenga:
  5. Solicitud de Apoyo PAICE para la infraestructura cultural (Anexo 1 PAICE), original
    debidamente integrada, con firma autógrafa de la persona titular o representante
    legal de la instancia postulante, aquella que tenga las facultades de acuerdo con los
    ordenamientos legales aplicables para obligarse con la Secretaría de Cultura, debiendo
    precisar el Registro Federal de Contribuyentes de la entidad, dependencia, órgano
    o persona moral solicitante. El formato de la Solicitud de Apoyo puede consultarse y
    descargarse en la página web: http://vinculacion.cultura.gob.mx/PAICE/
    a. En el caso que la instancia postulante sea una organización de la sociedad civil se
    deberá anexar lo siguiente:
    I. Acta constitutiva y su última modificación protocolizada ante notario público.
    II. Constancia de registro de la CLUNI vigente.
    III. Síntesis curricular que demuestre su experiencia ininterrumpida en actividades
    de promoción y fomento de las artes y la cultura en por lo menos, los últimos
    dos años.
  6. Proyecto cultural el cual debe incluir lo siguiente:
    a. Nombre de la instancia que lo postula.
    b. Objetivos del proyecto cultural PAICE.
    c. Población beneficiaria y sus características, señalando, de ser el caso, los sectores o
    grupos de población que se encuentren en situación de vulnerabilidad.
    d. Monto de financiamiento solicitado y su desglose.
    e. En su caso, aportación financiera de la instancia postulante.
    f. La modalidad en que se solicita el financiamiento (Vida a la infraestructura cultural
    o Fortalecimiento a la infraestructura cultural).
    g. Características del inmueble donde se desarrollará.
    h. Acciones a realizar, incluido el costo.
    i. Cronograma de ejecución de dichas acciones.
    j. Reporte fotográfico del inmueble.
    k. Firma de la persona representante de la instancia postulante.
    La información deberá presentarse en el formato establecido, mismo que puede
    consultarse y descargarse en la página web: http://vinculacion.cultura.gob.mx/PAICE/
  7. Documento que acredite la propiedad del inmueble o recinto en el que se desarrollará
    el proyecto cultural. La instancia postulante deberá ser la propietaria del inmueble o
    tener el comodato del mismo. El recinto deberá estar libre de cualquier pendiente de
    trámite jurídico-administrativo para su regularización a favor de la instancia postulante.
    Se considerarán apoyos para inmuebles que formen parte del patrimonio de las
    organizaciones de la sociedad civil, salvo aquellas vinculadas a asociaciones religiosas,
    partidos y/o agrupaciones políticas nacionales o locales.
    Se podrá acreditar la propiedad de los inmuebles con cualquiera de los siguientes
    documentos:
    a. Contrato de compraventa protocolizado ante notario público o autoridad
    equivalente.
    b. Escritura de donación protocolizada ante notario público.
    c. Decretos de expropiación.
    d. Periódicos o gacetas oficiales de las entidades en los cuales se mencione que la
    instancia postulante se constituye como propietario o depositario del inmueble,
    forma parte de su patrimonio o está bajo su administración.
    e. Sentencias y/o resoluciones judiciales, donde conste la prescripción de bienes.
    f. Inmatriculación administrativa.
    g. Actas de Asignación de Inmuebles, emitidas por el Comité del Patrimonio
    Inmobiliario de la Ciudad de México, acompañada de su respectiva Acta
    Administrativa de Entrega Recepción física.
    h. Inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio que contenga
    íntegramente el documento a través del cual la instancia postulante adquiere la
    propiedad del inmueble en el que se llevará a cabo el proyecto cultural PAICE.
    i. Constancia de Folio Real y Certificado de Libertad de Gravámenes vigente cuya
    expedición no exceda dos meses a la presentación del proyecto cultural PAICE.
    j. Contratos de comodato otorgados por gobiernos estatales, municipales y alcaldías
    de la Ciudad de México, y universidades públicas estatales, que garanticen una
    vigencia mayor a la duración del periodo de ejecución planteado en el cronograma
    del proyecto cultural. Los contratos de comodato otorgados a organizaciones de
    la sociedad civil deberán garantizar una vigencia mínima de cinco años, contados
    a partir de la fecha del cierre de la convocatoria, y presentarse acompañados del
    documento probatorio de propiedad del comodante, para los casos en que este
    sea una persona física.
    k. Título de propiedad y/o certificado parcelario emitido por la autoridad
    correspondiente.
    l. En caso de que el inmueble haya sido parte de bienes comunales o ejidales y
    transmitido en propiedad a gobierno estatal o municipal, deberán agregar los
    siguientes documentos:
    I. El acta de asamblea mediante la cual se haya tomado la decisión de trasladar
    el dominio (propiedad) del inmueble en el que se llevará a cabo el proyecto
    cultural PAICE, al estado o municipio.
    II. El contrato y/o convenio que formaliza la entrega de la propiedad del inmueble
    en el que se llevará a cabo el proyecto cultural PAICE, debidamente signado
    por las y los integrantes del Comisariado y las y los servidores públicos que
    tengan la representación legal del estado o municipio.
    III. El acta de asamblea en la que se haya elegido a las y los integrantes del
    Comisariado en funciones, acompañada de las identificaciones oficiales de
    dichos representantes comunitarios, comunales o ejidales.
    En el caso de que la instancia postulante no sea propietaria del inmueble objeto de
    la solicitud de apoyo, además de exhibir alguno de los documentos probatorios de la
    propiedad del inmueble, deberá presentar también un documento mediante el cual la
    propietaria, persona o instancia facultada para ello le autorice gestionar ante el PAICE
    todo lo relativo al proyecto cultural PAICE y a recibir los beneficios que de este deriven.
  8. En el caso de que el inmueble sea propiedad federal o de un organismo público
    descentralizado de la Administración Pública Federal, será suficiente con presentar
    cualquiera de los siguientes documentos vigentes:
    a. Contrato de comodato.
    b. Acuerdos de destino.
    c. Asignación vigente a favor de la instancia postulante.
    d. Cédula de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, expedida
    por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), en
    donde conste como usuario del inmueble la instancia postulante.
  9. Carta bajo protesta de decir verdad, con firma autógrafa de la persona representante
    de la instancia postulante, que señale que no se gestionan ni se recibirán otros recursos
    de origen federal distintos al PAICE para el proyecto cultural PAICE que se postula.
    Un ejemplo de este documento puede consultarse y descargarse en la página web:
    http://vinculacion.cultura.gob.mx/PAICE/
  10. Con relación a la aportación de la instancia postulante, en el caso de no encontrarse
    en el Listado de Municipios de Atención Prioritaria publicado en la convocatoria PAICE,
    se debe entregar Carta compromiso que señale que cuenta con los recursos económicos
    para realizar la aportación establecida en el proyecto cultural PAICE, de conformidad
    con lo establecido en el numeral 3.4 Características del apoyo PAICE de las Reglas de
    Operación. Dicha carta debe contener el nombre del proyecto con firma autógrafa de la
    persona representante de la instancia postulante.
  11. Si participa en la modalidad de Vida a la infraestructura cultural debe incluir:
    a. Para la acción de rehabilitación
    I. Presupuesto desglosado en los formatos establecidos por el PAICE.
    II. Planos del estado actual del inmueble.
    III. Planos de intervención.
    IV. Planos estructurales y memoria de cálculo (para el caso donde se pretenda
    intervenir elementos estructurales del inmueble).
    V. Planos de instalaciones eléctricas, hidrosanitarias y/o especiales (para el caso
    donde se pretenda realizar un cambio en dichas instalaciones).
    b. Para la acción equipamiento
    I. Presupuesto desglosado en los formatos establecidos por el PAICE.
    II. Planos arquitectónicos del inmueble.
    III. Plano con el sembrado del mobiliario y/o equipo referido en el presupuesto.
    IV. En caso de tratarse de equipamiento escénico o museográfico especializado,
    se deberá incluir: proyecto escenotécnico, museográfico y/o museológico;
    especificaciones técnicas y diagrama de bloques de conexiones del equipo.
    Podrán solicitar financiamiento en esta modalidad gobiernos estatales, municipales y
    alcaldías de la Ciudad de México, universidades públicas estatales, y organizaciones de la
    sociedad civil.
  12. Si participa en la modalidad de Fortalecimiento a la infraestructura cultural debe
    incluir:
    a. Para la acción de construcción
    I. Presupuesto desglosado en los formatos establecidos por el PAICE.
    II. Levantamiento topográfico o arquitectónico, de ser el caso.
    III. Planos arquitectónicos.
    IV. Planos estructurales.
    V. Planos de instalaciones eléctricas, hidrosanitarias y/o especiales.
    b. Las instancias postulantes que soliciten recurso para la acción de equipamiento,
    como complemento de la acción construcción, deberán incluir:
    I. Presupuesto desglosado en los formatos establecidos por el PAICE.
    II. Plano con el sembrado del mobiliario y/o equipo referido en el presupuesto.
    III. En caso de tratarse de equipamiento escénico o museográfico especializado,
    se deberá incluir: proyecto escenotécnico, museográfico y/o museológico;
    especificaciones técnicas y diagrama de bloques de conexiones del equipo.
    Podrán solicitar financiamiento en esta modalidad gobiernos estatales, municipales y
    alcaldías de la Ciudad de México, universidades públicas estatales, y organizaciones de la
    sociedad civil. Los proyectos culturales en esta modalidad que requieran equipamiento
    podrán solicitarlo siempre y cuando el proyecto cultural contemple la acción de
    construcción.
    V. RECEPCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES
    La recepción de proyectos se llevará a cabo en las oficinas de la Coordinación del PAICE,
    ubicadas en la Secretaría de Cultura: avenida Paseo de la Reforma 175, sexto piso, colonia
    Cuauhtémoc, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México, conforme al siguiente
    calendario:
    Fecha de inicio:
    Viernes 28 de enero, a partir de las 9:00 horas (hora Ciudad de México).
    Fecha de cierre:
    Lunes 28 de febrero, hasta las 18:00 horas (hora Ciudad de México).
    Adicionalmente, y en cumplimiento a las medidas preventivas implementadas para
    la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica el virus SARS-CoV-2 y la
    enfermedad que causa (COVID-19), la entrega de proyectos culturales también podrá
    realizarse:
    a) Mediante servicios de mensajería o paquetería. El envío deberá realizarse a las
    oficinas de la Coordinación del PAICE, ubicadas en avenida Paseo de la Reforma 175, piso
    6, colonia y alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
    Se considerarán recibidos los proyectos culturales enviados por servicios de mensajería
    o paquetería, cuando la fecha y hora de envío, señaladas en la consulta del código de
    rastreo o número de guía del paquete, no rebase la hora y fecha límite establecidas en
    la convocatoria, por lo que será responsabilidad de la instancia postulante verificar con
    el prestador del servicio los datos correspondientes en el momento de realizar su envío.
    b) De forma electrónica. El expediente digital de los proyectos culturales deberá enviarse
    al correo electrónico convocatoriapaice@cultura.gob.mx, dentro de la hora y fecha límite
    establecidas en la convocatoria, de conformidad con lo siguiente:
  13. Todos los archivos deberán enviarse adjuntos, en formato PDF y legibles (la Solicitud
    de Apoyo PAICE, el proyecto cultural, los presupuestos, la carta de no gestión de recursos
    de origen federal y, de ser el caso, la Carta compromiso de aportación, deberán ser
    escaneados cuando se encuentren firmados, siendo fiel reflejo de los originales impresos).
    Si es necesario, los archivos pueden enviarse comprimidos.
  14. Los archivos deberán integrarse en el orden en el que se listan los requisitos, y nombrarlos
    de acuerdo al numeral que les corresponda para su identificación (por ejemplo: Requisito
    1, Requisito 2, Requisito 3…).
    Se considerarán recibidos los proyectos culturales enviados a convocatoriapaice@cultura.
    gob.mx cuando la fecha y hora de envío en el correo electrónico no rebase la hora y fecha
    límite establecidas en la convocatoria, por lo que será responsabilidad de la instancia
    postulante verificar en el momento de realizar su envío.
    En todos los casos la Dirección General de Vinculación Cultural, a través de la Coordinación
    del PAICE, y el Jurado dictaminador PAICE, se reservan el derecho de verificar la
    documentación y la información requerida con las instancias postulantes.
    VI. CRITERIOS DE SELECCIÓN
  15. Beneficio a amplios sectores de la población, o bien, a grupos de población que se
    encuentren en situación de vulnerabilidad.
  16. Aprovechamiento de espacios dedicados a la cultura que están desaprovechados o en
    desuso.
  17. Mejoría de las funciones culturales y suficiencia del espacio postulante.
  18. Congruencia en sus objetivos, actividades y metas.
  19. Claridad en su desglose y aplicación del presupuesto.
  20. Viabilidad en el planteamiento de ejecución, en el caso de la modalidad de Vida a
    la infraestructura cultural; y Viabilidad y Calidad de la Propuesta Arquitectónica, para el
    caso de la modalidad de Fortalecimiento a la infraestructura cultural.
  21. Serán preponderantes, mas no limitativos, los proyectos que se desarrollen en alguno
    de los municipios de atención prioritaria publicados en listado anexo a esta convocatoria.
    VII. CONSIDERACIONES GENERALES
  22. La participación implica la aceptación de las bases de esta convocatoria y de las Reglas
    de Operación del Programa de Apoyos a la Cultura para el ejercicio fiscal 2022.
  23. Todos los documentos requeridos deberán entregarse impresos, de ser el caso que el
    envío se realice por paquetería o mensajería, y en versión digital (recabados en una USB);
    o bien, al correo electrónico: convocatoriapaice@cultura.gob.mx ordenados conforme se
    enlistan en los requisitos.
  24. Serán descartados los proyectos culturales que se entreguen o envíen después de
    la fecha y hora establecidas en la convocatoria, así como aquellos que sean enviados al
    correo electrónico convocatoriapaice@cultura.gob.mx después de los límites señalados.
  25. Solo los proyectos culturales que cumplan con los requisitos establecidos en las Reglas
    de Operación del Programa de Apoyos a la Cultura para el ejercicio fiscal 2022, en su
    vertiente PAICE, serán considerados como elegibles y seguirán en el proceso de selección
    ante el Jurado Dictaminador PAICE; el resto serán descartados.
  26. Cada proyecto cultural se deberá referir a un único recinto o inmueble.
  27. Las instancias postulantes podrán presentar la cantidad de proyectos culturales que
    consideren convenientes, independiente de la modalidad elegida. Sin embargo, el Jurado
    Dictaminador del PAICE solo podrá aprobar un proyecto cultural por instancia postulante
    (para el caso de gobiernos estatales, municipales y alcaldías de la Ciudad de México, y
    universidades públicas estatales, se incluyen en este supuesto los proyectos presentados
    por cualquier organismo de su administración), el que haya recibido el mayor puntaje. El
    resto de las propuestas tendrán el fallo de no aprobado con base en lo establecido en el
    Anexo 5 de la vertiente PAICE de las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la
    Cultura para el ejercicio fiscal 2022.
  28. Las instancias postulantes no serán susceptibles del apoyo en caso de contar con un
    proyecto cultural en ejecución aprobado por el PAICE en años anteriores en el mismo
    inmueble postulado, o bien que no haya concluido conforme a Reglas de Operación y el
    instrumento jurídico correspondiente.
  29. Los proyectos culturales aprobados y el monto de la aportación federal estarán sujetos
    a la disponibilidad presupuestal, y serán determinados por el Jurado Dictaminador PAICE,
    cuyo fallo será inapelable.
  30. El fallo de cada proyecto cultural podrá ser aprobado con financiamiento, aprobado en
    lista de espera y no aprobado; los proyectos culturales que no cumplan las bases de esta
    convocatoria y los requisitos en Reglas de Operación serán considerados descartados.
  31. Cuando el fallo del proyecto cultural sea aprobado con financiamiento, la instancia
    beneficiaria deberá entregar la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales del
    Servicio de Administración Tributaria (SAT), vigente y en sentido positivo, para iniciar los
    trámites de formalización del apoyo, en un plazo máximo de 30 días naturales contados a
    partir del día en el que se notifique el fallo de aprobado con financiamiento a la instancia
    beneficiaria. En caso de incumplimiento en la entrega o condiciones de la documentación,
    el proyecto cultural será cancelado y el recurso será reasignado en el orden establecido
    en la lista de espera, de acuerdo con la modalidad del proyecto que sea cancelado.
  32. Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por la Secretaría de
    Cultura a través de la Dirección General de Vinculación Cultural.
    VIII. INFORMES Y ASESORÍAS
    Para mayores informes, la Dirección General de Vinculación Cultural, a través de la
    Coordinación del PAICE, pone a disposición el correo electrónico paice@cultura.gob.mx
    y el número telefónico 55 4155 0200, extensiones 9528, 9069, 9484 y 9544, de lunes a
    viernes de 10 a 15 h y de 16 a 18 h (horario de la Ciudad de México).
    Los formatos oficiales establecidos por el PAICE pueden consultarse y descargarse en la
    página web: http://vinculacion.cultura.gob.mx/PAICE/
    IX. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
    La Secretaría de Cultura publicará los resultados en la página web:
    http://vinculacion. cultura.gob.mx/PAICE/ a más tardar 90 días naturales a partir del día
    siguiente del cierre de la convocatoria.

La convocatoria completa puede ser descargada en el siguiente enlace

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